La Corte Constitucional sentenció el pasado viernes, 4 de febrero que se debe garantizar el derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas de la Amazonía ecuatoriana, poniendo un freno a los intereses extractivistas de Guillermo Lasso.
Desde el 2018, el pueblo A`Cofán de Sinangoe ha luchando incansablemente, exigiendo que se respete su vida y sus territorios que se han visto a¡tentados por los más de 52 proyectos mineros impulsados por el ex presidente de Lenín Moreno, vulnerando sus derechos; ya en el 2019 la Corte Constitucional toma el caso de Sinangoe para su revisión con el fin desarrollar criterios constitucionales que garanticen los derechos de los pueblos indígenas. En este contexto, debido a la gravedad de los hechos en noviembre del 2021, cinco jueces de la Corte Constitucional, realizaron una visita in situ para escuchar las voces de los pueblos originarios y con ello tener un panorama más claro de la situación de violencia y peligro en el que se encontraban en el territorio de Sinangoe.
Como resultado de este proceso jurídico, la Corte Constitucional el pasado 4 de febrero del 2022, ha hecho público el fallo a favor del pueblo A´Cofán de Sinangoe en donde se garantizó el reconocimiento por parte del Estado, y de las empresas públicas y privadas del derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas, lo que significa que el Estado o cualquier concesionaria tiene la obligación de generar procesos de consulta previa antes de implementar un proyecto petrolero o minero con los pueblos o comunidades indígenas.
“Esta sentencia es muy importante para nuestra comunidad y otras que tengan problemas similares, luego de un largo camino de lucha, de resistencia, esperábamos con ansias el resultado favorable por parte de la Corte, ya que para Sinangoe es una gran victoria lograr un instrumento legal de garantía de derechos y ser un precedente histórico en la consecución del derecho al consentimiento previo, libre e informado dentro del territorio nacional. Exigimos como milenarios, ancestrales en nuestros territorios que se respeten, se garanticen y que se cumplan nuestros derechos constitucionales”, exaltó Wider Waramag, dirigente de la Comunida A’i Cofán de Sinangoe.
Cabe señalar, que esta sentencia de la Corte Constitucional, es una sentencia vinculante, esto quiere decir que este proceso de consulta previa está garantizado para todos los pueblos indígenas del Ecuador. Por eso este fallo ha sido de suma importancia en el contexto actual, ya que pondrá freno a las políticas extractivistas materializadas en el decreto 95 y 151 propuestas por el actual presidente, Guillemo Lasso.
Gregorio Mirabal, Coordinador de la Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica- COICA, en este marco mencionó: “celebramos la sentencia de la Corte Constitucional, porque se ha garantizado la posibilidad para los pueblos indígenas a decir ¡no! a los procesos extractivistas para que se respeten nuestros derechos como pueblos; por eso hay que exigir al Estado que cumpla a cabalidad y que se reconozca la autonomía territorial de los pueblos originarios”.
El pueblo Sinangoe es un ejemplo a seguir para todos los pueblos indígenas del Ecuador y de toda la cuenca amazónica para seguir luchando por los derechos a la vida y por el respeto a la madre selva. La Amazonía está sangrando y este fallo se ha convertido en una esperanza para mantenernos firmes como pueblos indígenas en la lucha por nuestros derechos y territorios.