Desde el 2014, las comunidades campesinas de Chila Pucara y Chila Chambilla de Perú iniciaron un proceso judicial de acción de amparo y reconocimiento del derecho a la consulta previa contra el Estado debido a las constantes invasiones mineras en sus territorios, la misma que en el 2019 fue declarada improcedente. Ante esta vulneración de derechos las comunidades presentaron un recurso de agravio constitucional frente al Tribunal Constitucional.

Sin embargo, a pesar de que ha existido un avance importante de derechos para los pueblos indígenas en el mundo, el gobierno peruano y el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) a través de la sentencia  Exp. N° 03066-2019-PA/TC, ha declarado improcedente este 3 de marzo del 2022 la demanda de las comunidades campesinas, desconociendo su derecho a la consulta previa; esta sentencia impulsa la continuidad de las concesiones mineras en los territorios ancestrales, poniendo en grave peligro la vida de los pueblos originarios.

El fallo del Tribunal Constitucional, se fundamenta en la invisibilización de los derechos de los pueblos indígenas, ya que, al no reconocer la consulta previa como un derecho fundamental, es una forma de racismo y discriminación, y una falta de conocimiendo del derecho constitucional de su propio país y del derecho internacional que ampara a los pueblos indígenas y tribales.

Es evidente que la mayoría de los juristas que han sido parte de esta sentencia siguen reproduciendo la violación de derechos y no reconocimiento de los pueblos indígenas, “ya que la consulta previa es el mecanismo de diálogo básico para revertir por fin los siglos del colonialismo que persisten hasta el día de hoy”.[1]

Desde la COICA, exigimos al Estado peruano atención en este caso de vulneración de derechos a los pueblos originarios y al Tribunal Constitucional la rectificación de esta sentencia. No es posible que en pleno 2022, se sigan propagando actos discriminatorios y de vulneración de derechos hacia nuestros pueblos y nacionalidades.

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[1] Pronunciamiento AIDESEP-PERÚ, “Los pueblos indígenas amazónicos rechazamos el racismo del Tribunal Constitucional que desconce el derecho a la consulta y el convenio 169 de la OIT.